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CONVERSATORIOS

LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE Y LOS MECANISMOS DE PROTECCIÓN CON QUE CUENTA EN EL CASO DE SU TRANSGRESIÓN POR EL LEGISLADOR

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Continuando con la actividad institucional, realizamos nuestro Quinto Conversatorio, el miércoles 14 de octubre de 2009, en la modalidad de desayuno.  Tratamos sobre:

LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE Y LOS MECANISMOS DE PROTECCIÓN CON QUE CUENTA EN EL CASO DE SU TRANSGRESIÓN POR EL LEGISLADOR

Tuvimos como expositor al distinguido profesor español Dr. Antonio Cayón Galiardo, Catedrático y Director del Departamento de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad Complutense de Madrid.

En particular se analizaron los siguientes temas: (i) la tutela jurisdiccional efectiva en el desarrollo de los procedimientos tributarios (en especial en el procedimiento de fiscalización); (ii) la discrecionalidad administrativa en la selección de los contribuyentes objeto de fiscalización; (iii) el derecho a la prueba y la valoración legal de los medios de prueba normalmente empleados por la Administración; y, (iv) la presunción de inocencia ante la potestad sancionadora tributaria.

Este conversatorio se realizó de 8:00 a 10:00 de la mañana, en el Auditorio de PricewaterhouseCoopers (Av. Santo Toribio 143, San Isidro).

EL RÉGIMEN DENOMINADO “OBRAS POR IMPUESTOS”

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Continuando con la actividad institucional, el martes 29 de setiembre de 2009 realizamos nuestro Cuarto Conversatorio, en el horario tradicional de 7:00 a 9:00 de la noche.  Tratamos sobre:

EL REGIMEN DENOMINADO “OBRAS POR IMPUESTOS”

Tuvimos como expositor a nuestro asociado Dr. Juan Carlos Zegarra Vílchez.

El régimen denominado “obras por impuestos” fue sido creado mediante la Ley N° 29230 y reglamentado por el Decreto Supremo Nº 147-2008-EF, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 090 y 165-2009-EF.  Este régimen busca cubrir la necesidad estatal de desarrollar proyectos de inversión pública y acelerar la ejecución del gasto público, así como permitir a las empresas privadas efectuar inversiones en infraestructura social como parte de su política de responsabilidad social y de sus compromisos de inversión asumidos con las comunidades o con el Estado.

La regulación de este régimen viene generando controversia en relación con el tratamiento tributario de las inversiones a las que se obligan las empresas y las reglas derivadas de la aplicación de los Certificados de Inversión Pública Regional y Local (CIPRL).  Dentro de este contexto, el conversatorio tuvo como propósito plantear las cuestiones no aclaradas y discutir las  posibilidades de solución.

El conversatorio se llevó a cabo en el Auditorio de PricewaterhouseCoopers (Av. Santo Toribio 143, San Isidro).

Adjunto encontrará, en formato PDF, la presentación de power point que usara el expositor, así como el listado de los temas tratados.

Power point Dr. Zegarra

Lista de temas

REQUISITOS PARA DEDUCIR DE LA RENTA EMPRESARIAL LOS MONTOS CORRESPONDIENTES A LAS RENTAS DE 2DA, 4TA Y 5TA CATEGORÍAS, A QUE SE REFIERE EL INC. v) DEL ARTÍCULO 37 DE LA LIR

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Continuando con la actividad institucional, el miércoles 22 de julio de 2009 realizamos nuestro Tercer Conversatorio, que se realizó en el horario tradicional de 7:00 a 9:00 de la noche. Trataremos sobre:

REQUISITOS PARA DEDUCIR DE LA RENTA EMPRESARIAL LOS MONTOS CORRESPONDIENTES A LAS RENTAS DE 2DA, 4TA Y 5TA CATEGORÍAS, A QUE SE REFIERE EL INC. v) DEL ARTÍCULO 37 DE LA LIR

Tuvimos como expositor a nuestro Past Presidente Dr. Humberto Medrano Cornejo.

De acuerdo a lo dispuesto por el mencionado inciso v), las obligaciones de la empresa, que generan rentas de segunda, cuarta o quinta categorías para su acreedor, deben ser efectivamente pagadas por la empresa contribuyente antes del vencimiento del plazo para la presentación de la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta del ejercicio en que se ha efectuado la deducción de su importe. Sin embargo, el inciso q) del artículo 21º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta señaló que procede la deducción cuando se pague el monto correspondiente a la retención que las afectará, aún cuando ésta no se hubiese producido, porque la respectiva renta no fue pagada o acreditada a favor del beneficiario.

Se sostiene que el inciso q) del artículo 21 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta ha dejado de tener vigencia desde el ejercicio gravable 2006 debido a que, en el caso de las mencionadas rentas de segunda, cuarta y quinta categorías, la empresa deudora de las mismas ya no se encuentra obligada a efectuar el pago del monto de la retención desde el momento del devengo de dichas rentas.

El conversatorio se llevó a cabo en el Auditorio de Ernst & Young (Av. V.A. Belaúnde 171, San Isidro).

LA REVOCACIÓN Y LA NULIDAD DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA TRIBUTARIA

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Continuando con la actividad institucional, el viernes 12 de junio de 2009 realizamos el Segundo Conversatorio de la gestión, esta vez en la modalidad de desayuno.  Tratamos sobre “La revocación y la nulidad de los actos administrativos en materia tributaria”, teniendo como expositor al reconocido profesor español Dr. César García Novoa.

De acuerdo a lo previsto por nuestro Código Tributario, la Administración Tributaria puede revocar, modificar, sustituir o completar sus actos administrativos en los supuestos previstos por el artículo 108 de su texto.

Así mismo puede declarar la nulidad o la anulabilidad de dichos actos, en los supuestos enumerados en su artículo 109.  Tanto el Código Tributario, como la Ley del Procedimiento Administrativo General, de aplicación supletoria en esta materia, diferencian las instituciones de la revocación, nulidad y la anulabilidad de los actos administrativos, estableciendo un régimen jurídico específico y también consecuencias jurídicas diferentes, tanto en el orden sustancial como en cuanto al régimen procesal que las gobierna.

El propósito del conversatorio fue debatir todos estos temas, para los efectos de hallar respuestas de importancia práctica aplicables principalmente en el procedimiento contencioso tributario, tanto en la etapa de la reclamación ante la propia Administración Tributaria, como en la de apelación ante el Tribunal Fiscal.

Este Conversatorio se llevó a cabo en el Auditorio de PricewaterhouseCoopers (Av. Santo Toribio 143, San Isidro), de 8 a 10 a.m.

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL FISCAL 1580-5-2009, QUE ESTABLECE CRITERIOS DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA PARA LA APLICACIÓN DE LAS LEYES 29214 Y 29215

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Iniciando la actividad institucional del Vigésimo Cuarto Consejo Directivo, realizamos el primer Conversatorio de esta gestión, cuyo tema versó sobre el contenido de la “Resolución del Tribunal Fiscal 1580-5-2009, que establece criterios de observancia obligatoria para la aplicación de las Leyes 29214 y 29215“.

La expositora en esta oportunidad fue nuestra asociada, la Dra.  María Julia Sáenz Rabanal.  También contamos con la presencia de los Dres. Javier Luque Bustamante, Past Presidente de nuestro Instituto, y Alex Córdova Arce, quienes participaron en el interesante intercambio de ideas propio de nuestros Conversatorios.

Como es de su conocimiento, en abril del año pasado se publicaron las Leyes 29214 y 29215, que simplificaron los requisitos establecidos por el art. 19 de la Ley del Impuesto General a las Ventas para la deducción del crédito fiscal correspondiente a dicho tributo.  Dado que los contenidos normativos de ambas normas en algunos casos aparecían como contradictorios, el Tribunal Fiscal, en la resolución antes mencionada, fijó con carácter de precedente de observancia obligatoria diversos criterios interpretativos de las citadas leyes.

Sin embargo, a propósito de la mencionada resolución del Tribunal Fiscal, han surgido nuevas interrogantes y divergencias de opinión en aspectos claves tales como  las referidas a determinar si la posición del Tribunal Fiscal es la correcta o si cabía una interpretación diferente, qué sucedería en relación con los procedimientos y procesos contencioso administrativos en trámite si se expidiesen normas reglamentarias que difieran en lo sustancial de los criterios interpretativos establecidos por el Tribunal Fiscal, cómo se deberían reglamentar los aspectos de las Leyes 29214 y 29215, que no han sido abordados por la resolución del Tribunal Fiscal bajo comentario.  Merece especial referencia lo dispuesto por la Ley 29215, que prevé la posibilidad de conservar el crédito fiscal en los casos de comprobantes de pago no fidedignos, para lo cual se comentará el tema de los comprobantes no fidedignos y su relación con los emitidos para respaldar una operación no real.

Lugar: Auditorio de PricewaterhouseCoopers, sito en Av. Santo Toribio 143, San Isidro.

Fecha: Martes 19 de mayo de 2009.

Hora: De 7 a 9 de la noche.

Adjunto encontrará, en formato PDF, la RTF tema del Conversatorio.

ASPECTOS FISCALES DEL PROGRAMA CONTRA LA CRISIS INTERNACIONAL

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En el marco de nuestra actividad institucional realizamos el último Conversatorio de la gestión, que estuvo referido al tema: “Aspectos fiscales del Programa contra la crisis internacional”.

En esta reunión, reservada exclusivamente para los asociados del Instituto, dialogamos sobre el tema teniendo como expositor a nuestro asociado Dr. César Luna-Victoria León.

Se trató la siguiente agenda:

  1. ¿Qué se busca con el programa anticrisis?
  2. En algunos países (USA – Chile) el programa propone reducción de impuestos:  ¿Por qué en el Perú no?
  3. ¿Serán eficaces los instrumentos fiscales elegidos por el Gobierno?
  4. ¿Hay otros instrumentos fiscales que pueden ser adoptados?

Lugar: Auditorio de Ernst & Young, sito en Av. Víctor Andrés Belaúnde 171, San Isidro.

Fecha: Lunes 09 de marzo de 2009.

Hora: De 7 a 9 de la noche.

LA ELUSIÓN FISCAL Y LOS MEDIOS PARA EVITARLA

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En el marco de nuestra actividad institucional realizamos el Conversatorio referido al tema: “La Elusión Fiscal y los medios para evitarla” que fuera el Tema 1 de las XXIV Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario del ILADT, recientemente realizadas en Isla Margarita, Venezuela.  En este conversatorio continuamos con el debate sobre las normas antielusivas que contiene la legislación peruana, las diversas resoluciones del Tribunal Fiscal existentes sobre el tema y la vinculación de las normas antielusivas internas con los convenios de doble imposición vigentes.

En esta reunión, reservada exclusivamente para los asociados del Instituto, dialogamos sobre el tema teniendo como expositor a nuestro Past Presidente Dr. César Talledo Mazú.

Lugar: Auditorio de Ernst & Young, sito en Av. Víctor Andrés Belaúnde 171, San Isidro.

Fecha: Lunes 16 de febrero de 2009.

Hora: De 7 a 9 de la noche.

LAS ULTIMAS MODIFICACIONES AL REGIMEN TRIBUTARIO VIGENTE

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En el marco de nuestra actividad institucional realizamos el Conversatorio que versó sobre: “LAS ULTIMAS MODIFICACIONES AL REGIMEN TRIBUTARIO VIGENTE“.  Debatemos sobre el tratamiento que en materia del Impuesto a la Renta reciben las operaciones con derivados financieros, las rentas del capital, exoneraciones e inafectaciones, el régimen de selva, así como las disposiciones aprobadas por la autoridad tributaria para mejorar el cumplimiento y los procesos de recaudación.

En esta reunión, reservada exclusivamente para los asociados del Instituto, dialogamos sobre estos temas teniendo como expositoras a las asociadas, doctoras Cecilia Delgado Ratto y María Julia Sáenz Rabanal.

Lugar: Auditorio de Ernst & Young, sito en Av. Víctor Andrés Belaúnde 171, San Isidro.

Fecha: Lunes 12 de enero de 2009.

Hora: De 7 a 9 de la noche.

LA ELUSIÓN FISCAL Y LOS MEDIOS PARA EVITARLA

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En el marco de nuestra actividad institucional realizamos el Conversatorio que versó sobre: “La Elusión Fiscal y los medios para evitarla” que fuera el Tema 1 de las XXIV Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario del ILADT, recientemente realizadas en Isla Margarita, Venezuela.  Debatimos sobre las conclusiones y recomendaciones del Tema 1, así como respecto de las normas antielusivas que contiene la legislación peruana y los convenios de doble imposición vigentes, a fin de compararlas con las conclusiones arribadas en las XXIV Jornadas.

En esta reunión, reservada exclusivamente para los asociados del Instituto, dialogamos sobre el tema teniendo como expositor a nuestro Past Presidente Dr. César Talledo Mazú.

Lugar: Auditorio de Ernst & Young, sito en Av. Víctor Andrés Belaúnde 171, San Isidro.

Fecha: Lunes 03 de noviembre de 2008.

Hora: De 7 a 9 de la noche.

IMPUESTO A LA RENTA – GANANCIAS DE CAPITAL

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En el marco de nuestra actividad institucional realizamos el conversatorio que versó sobre: “Impuesto a la Renta – Ganancias de Capital“.  Debatimos sobre los problemas y vacíos que existen en la Ley del Impuesto a la Renta que estará vigente desde el 1 de enero de 2009 y los puntos que el Reglamento debería aclarar.

En esta reunión, reservada exclusivamente para los asociados del Instituto, dialogamos sobre el tema teniendo como expositor a nuestro Past Presidente Dr. Miguel Mur Valdivia.

Lugar: Auditorio de Ernst & Young, sito en Av. Víctor Andrés Belaúnde 171, San Isidro.

Fecha: Lunes 15 de setiembre de 2008.

Hora: De 7 a 9 de la noche.