
Continuando con la actividad de nuestro Instituto, llevamos a cabo el sexto Conversatorio de esta gestión, que se realizó el miércoles 29 de enero del 2014, en su horario tradicional de 7:00 a 9:00 p.m., en el Auditorio de la firma Ernst & Young sito en Av. Víctor Andrés Belaúnde 171, primer piso, San Isidro.
El Conversatorio estuvo a cargo de nuestra asociada, doctora:
ROCÍO LIU ARÉVALO
(Miranda & Amado Abogados)
Y versó sobre el tema:
DETERMINACIÓN DEL COSTO COMPUTABLE DE ACCIONES Y PARTICIPACIONES ENAJENADAS POR SUJETOS NO DOMICILIADOS EN EL PAÍS: TEMAS CONTROVERSIALES
Las normas vigentes sobre costo computable de acciones y participaciones son escuetas, por lo que en los procedimientos de certificación de recuperación del capital invertido seguidos por sujetos no domiciliados en el país se vienen dando diversas interpretaciones en relación al costo computable de acciones o participaciones cuya enajenación genera rentas de fuente peruana, las cuales en algunos casos, son meramente literales y, en otros, están claramente influenciadas por el interés de recaudación fiscal, llegando, inclusive, a darse opiniones contradictorias. La finalidad del conversatorio fue analizar conjuntamente los criterios relativos al costo computable de:
- Acciones o participaciones adquiridas por capitalización de resultados acumulados.
- Acciones o participaciones adquiridas por capitalización de reservas.
- Acciones o participaciones adquiridas hasta el 31 de diciembre de 2009.
- Acciones o participaciones derivadas como consecuencia de la reorganización de sociedades o empresas.
- Caso de cancelación de acciones o participaciones por reducción de capital.
