
Continuando con la actividad de nuestro Instituto, llevamos a cabo el décimo segundo Conversatorio de esta gestión, que se realizó el lunes 14 de noviembre del 2016, en el horario de 7:00 a 9:00 p.m., en el Auditorio de la firma Ernst & Young, sito en Av. Víctor Andrés Belaúnde 171, primer piso, San Isidro.
El Conversatorio estuvo a cargo de nuestra asociada, doctora:
JAVI ROSAS CHÁVEZ
(Ernst & Young)
Y versó sobre:
CAUSALIDAD Y DEDUCIBILIDAD DE GASTOS VINCULADOS A INCUMPLIMIENTOS CONTRACTUALES. ANÁLISIS DE UNA RECIENTE SENTENCIA DE LA CORTE SUPREMA SOBRE LA MATERIA
La Casación No. 8407-2013, publicada el 31 de agosto de 2016, nos hace plantear nuevamente como tema de debate, la causalidad de las erogaciones vinculadas a incumplimientos contractuales.
¿Es cierto que tal como señala la Corte Suprema, el tomar el gasto como deducible implica “avalar la conducta de quien incumple con un contrato y pretender valerse de dicha transgresión para obtener un beneficio tributario”?
Este tema, en el marco de un análisis profundo del principio de causalidad, fue debatido en el conversatorio.