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LOS RECIENTES ACUERDOS DE SALA PLENA DEL TRIBUNAL FISCAL Nros. 23-2019 y 28-2019

By 26/09/2019noviembre 4th, 2020CONVERSATORIOS

Continuando con la actividad académica de nuestro Instituto, llevamos a cabo el Cuarto Conversatorio de esta gestión, exclusivamente para asociados del Instituto, que se realizó el día jueves 26 de setiembre del 2019, en su horario tradicional de 7:00 a 9:00 p.m., en el Auditorio de la firma Ernst & Young sito en Av. Víctor Andrés Belaúnde 171, San Isidro.

El Conversatorio tuvo como expositores a los doctores:

MARÍA EUGENIA CALLER FERREYROS
(Ernst & Young)

LORGIO MORENO DE LA CRUZ
(Zuzunaga, Assereto & Zegarra Abogados)

Quienes se refirieron al tema:

LOS RECIENTES ACUERDOS DE SALA PLENA DEL TRIBUNAL FISCAL Nros. 23-2019 y 28-2019

La doctora María Eugenia Caller trató respecto del Acuerdo de Sala Plena N° 28-2019, mediante el cual se aprueban criterios referidos a la admisión y evaluación de medios probatorios en el procedimiento contencioso tributario cuando no se ha determinado importe a pagar en el acto administrativo impugnado.

El doctor Lorgio Moreno abordó el Acuerdo de Sala Plena N° 23-2019, que señala que si en el curso de un procedimiento de fiscalización la Administración Tributaria ha efectuado observaciones que han sido recogidas por el deudor tributario mediante la presentación de una declaración jurada rectificatoria (DJR) que ha surtido efectos y posteriormente la Administración notifica, como producto de dicha fiscalización, una resolución de determinación considerando lo determinado en dicha DJR, tales observaciones no constituyen reparos efectuados por la Administración y por tanto, no son susceptibles de controversia.